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¿Qué trámites necesitas para constituir y poner en marcha tu propia SL?

May 24, 2019 | Derecho Civil | 2 Comentarios

Una sociedad limitada es un tipo de sociedad mercantil muy popular entre quienes quieren montar su primera empresa.

Este proceso de constitución es bastante difícil, pero no por su complejidad, sino por los trámites necesarios y su formalización. Por eso, es importante contar con asesores de confianza que te ayuden a constituir tu propia SL desde cero.

¿Qué es una sociedad limitada?

La sociedad limitada es una sociedad mercantil, con una gran presencia en España, y que es utilizada por muchos pequeños empresarios.

Esto se debe a que la responsabilidad está limitada en función del capital aportado por cada persona dentro de la empresa.

Lo que viene a significar que, en caso de contraer deudas, los socios no tendrán que responder con su patrimonio personal, quedando así protegido.

Asimismo, la sociedad limitada tributa por el Impuesto de Sociedades y el IVA. Y el capital mínimo legal es de 3.000€ totalmente desembolsado, pudiendo ser aportado de forma monetaria o en especie.

Otro aspecto importante a conocer de una SL es que puede estar constituida desde un único socio hasta un número ilimitado. Y entre sus derechos destacamos:

  • Participación en el reparto de beneficios o del patrimonio.
  • Participación en la adquisición de participaciones de socios salientes.
  • Participación en las decisiones sociales tomadas.
  • Posibilidad de asumir la función de administrador.

¿Qué trámites necesitas para constituir y poner en marcha tu propia SL?

Para crear una SL y ponerla en marcha necesitarás:

1. Registrar el nombre de la sociedad

Deberás registrar el nombre elegido para tu sociedad en el Registro Mercantil Central, que te lo reservarán y expedirá un certificado siempre y cuando no exista otra sociedad con ese mismo nombre u otro similar.

De esta forma se garantiza que no existe otra sociedad con el mismo nombre, evitando confusiones. Con ese certificado quedará reservado durante seis meses, en ese tiempo se debe realizar el trámite de constitución en notaria.

2. Redacción de los Estatutos Sociales

Se deberá redactar los Estatutos Sociales, que se incorporarán a la escritura pública de la constitución de la sociedad limitada.

Desde Asesora2 te recomendamos delegar dicha tarea en un abogado de confianza, de forma que los estatutos se adapten a las necesidades particulares de cada proyecto o cada interesado.

3. Alta en Hacienda y Declaración Censal

Tras realizar la firma de las escrituras, obtendrás el NIF provisional de tu sociedad limitada en Hacienda.

Después, deberás tramitar la declaración censal y el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), indicando el comienzo de la actividad o actividades que vas a desarrollar y cuáles son.

4. Inscripción en el Registro Mercantil

Desde la firma de la escritura de constitución de la SL dispondrás de un plazo de dos meses para inscribirte en el Registro Mercantil de la provincia donde hayas fijado el domicilio social.

5. Escritura pública de constitución

Se deberá firmar ante notario la escritura pública de la constitución de la sociedad limitada por parte de los socios.

¿Cuáles son las ventajas de constituir tu propia sociedad limitada?

Constituir y poner en marcha tu propia empresa tiene muchas ventajas como:

  • Responsabilidad limitada: Como ya te dijimos, la responsabilidad frente a los acreedores se limitará a lo que hayas aportado como socio en el capital social y los bienes de la empresa.
  • Capital social mínimo: Solo es de 3.000 euros y se puede realizar en especie. Además, puedes destinar este a financiar inversiones.
  • Impuestos bajos: El impuesto de sociedades es fijo, un 25% de los ingresos anuales. Eso sí, solo es posible si los beneficios que se obtengan se destinan al patrimonio de la empresa.
  • Autónomo: El autónomo de la SL puede tener un sueldo fijo y desgravarlo como gasto.
  • Facilidad para solicitar créditos: Tienes una mayor facilidad para solicitar un crédito bancario y mayor información para conocer su funcionamiento.

No olvides registrar tu marca, patente o propiedad intelectual

Proteger nuestra marca, patente o propiedad intelectual es muy importante. Un diseño industrial añade valor al producto, lo puede hacer más atractivo y llamativo para los clientes.

Por ello la protección de los diseños se hace muy valiosa y fundamental a la hora de poner en marcha tu empresa. Al protegerlo, obtenemos los derechos exclusivos de impedir su reproducción o imitación no autorizada.

Asimismo, registrar la marca nos otorga el derecho exclusivo para impedir que terceros comercialicen productos similares o idénticos con la misma marca o empleando una marca tan parecida que pueda crear confusión.

Y no solo eso, sino que el nombre de marca es un elemento de diferenciación, captación de atención de los clientes y generación de fidelidad por parte de estos.

Pero no debes realizar todos estos trámites solo. Contar con un despacho de abogados y consultoría de confianza desde el primer momento te ayudará a agilizar los trámites y a proteger tu marca, patente y propiedad intelectual.

Porque tu negocio es importante, deja su constitución en manos de expertos.

¿Quieres que te asesoremos en la constitución y puesta en marcha de tu propia SL?


¡Llámanos!

En Asesora2 somos consultores expertos en Granada. Nos implicamos en todos los casos que llegan a nuestro despacho. ¿Quieres que te ayudemos con el tuyo? Contáctanos.

2 Comentarios

  1. Albaro

    Ola buenas después de firmar las escrituras dela empresa me an dicho que twnguo que esperar un mes asta que me den el nif eso es normal

    Responder
    • Marketing

      Hola Albaro,
      Muchas gracias por escribirnos. Para poder contestar mejor tus dudas y darte una respuesta acorde, necesitaríamos que nos envíes la información a info@asesora-2.com o que nos llames a 958 491 904, así nuestros compañeros especializados en Derecho Mercantil podrán responderte adecuadamente.
      Saludos.

      Responder

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