En el proceso de emprendimiento hay una decisión fundamental, la forma jurídica en la que constituirse. ¿Autónomo o sociedad?
Para que puedas tener una idea más clara de qué te conviene o qué hacer, te vamos a explicar las características de cada una y sus diferencias, para que puedas visualizar qué figura se adapta mejor a tus necesidades.
¿Autónomo o SL? Características
Primero vamos a ver las características tanto del autónomo como de la sociedad, en este caso vamos a ver las de la sociedad limitada o SL.
Características del autónomo
El autónomo es una persona física que realiza de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia una actividad económica o profesional a título lucrativo.
Entre las características que destacan en esta figura jurídica tenemos:
- Control total del negocio por parte del autónomo, que es quien dirige su gestión.
- La personalidad jurídica de la empresa es la misma que la del titular, el cual responde de forma personal a todas las obligaciones que contraiga la misma.
- No hay diferencia entre el patrimonio mercantil y civil.
- La aportación de capital al negocio no tiene límite, depende de la voluntad del autónomo tanto en calidad como en cantidad.
Características de la Sociedad Limitada
La Sociedad de Responsabilidad Limitada es un tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad se limita al capital aportado.
Este se integrará mediante las aportaciones que realicen los socios, dividido en participaciones indivisibles y acumulables.
Las aportaciones realizadas solo podrán ser en forma de bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica.
Asimismo las participaciones sociales no tendrán carácter de valores, ni podrán estar representadas por medio de títulos, denominarse acciones y su transmisión debe representarse mediante documento público.
¿Autónomo o sociedad? Simplicidad administrativa
También vamos a comparar el proceso de constitución tanto de autónomo como de una sociedad limitada.
Alta como autónomo
Para darte de alta como autónomo hay que:
- Ir a Hacienda y registrarte en el IAE, Impuesto sobre Actividades Económicas, con el modelo 037.
- Ir a la Seguridad Social y darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, RETA.
Constitución de una Sociedad Limitada, SL
El proceso de constitución de una sociedad es un poco más complejo que el alta como autónomo. Para ello hay que dar una serie de pasos:
- Pedir el certificado de denominación social en el Registro Mercantil.
- Redactar los estatutos.
- Obtener la escritura pública que debe ser otorgada por un notario.
- Pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
- Dar de alta en el Registro Mercantil.
- Solicitar el CIF provisional en Hacienda.
- Proceder al alta de la sociedad en el IAE.
- Dar de alta en la Seguridad Social.
Además ten en cuenta que si eres socio de la SL y además administrador, probablemente tendrás que darte de alta como autónomo de todas formas.
¿Autónomo o SL? Obligaciones contables y fiscales
En el caso de las obligaciones contables, el autónomo solamente debe llevar tres registros:
- Registro de facturas emitidas.
- Registro de facturas recibidas.
- Registro de inversiones, en el caso de que las haya.
La sociedad en cambio tiene la obligación de llevar una contabilidad completa, de acuerdo al Plan General Contable, PGC.
Desde el punto de vista administrativo, las obligaciones fiscales de autónomo o sociedad son similares. El trabajador por cuenta propia deberá realizar pagos a cuenta del IRPF y la sociedad está obligada a hacer pagos a cuenta del Impuesto de Sociedad, IS, siendo ambas obligaciones trimestrales.
Eso sí, debemos tener en cuenta que el IRPF es un impuesto progresivo, de forma que con grandes beneficios el tipo a aplicar es mayor que en el caso del Impuesto de Sociedades, que es un impuesto con tipos fijos.
Respecto al IVA, tanto autónomo como SL deberán hacer declaraciones trimestrales y anuales.
Ventajas e inconvenientes de ser autónomo o sociedad
Por último vamos a ver un listado de ventajas e inconvenientes tanto de ser autónomo como de ser empresa.
Ventajas e inconvenientes de ser autónomo
En cuanto a las ventajas tenemos:
- Es una forma jurídica ideal para negocios de tamaño reducido.
- No necesita de gestiones previas para desarrollar la actividad profesional.
- Más económico al no generar persona jurídica.
En cuanto a los inconvenientes de ser autónomo:
- La responsabilidad es ilimitada.
- La persona física responde con su patrimonio personal a las deudas que se generen en su actividad.
- Hace frente solo a todos los gastos ocasionados.
- Si el volumen de beneficios es alto podría verse ante tipos impositivos muy elevados.
Ventajas e inconvenientes de ser sociedad
Vamos a comenzar también con las ventajas de ser sociedad:
- La responsabilidad de los socios es limitada, no tendrán que responder con sus bienes.
- Los beneficios obtenidos tributan por el Impuesto de Sociedades, unos tipos impositivos menos elevados respecto al que tiene el autónomo.
- Libertad de denominación.
Respecto a los inconvenientes de constituirte como sociedad:
- Obligación de llevar contabilidad.
- No hay libertad en la transmisión de participaciones.
- Complejidad fiscal al tributar en el Impuesto de Sociedades.
- Tiene costes elevados a la hora de constituir la sociedad.
- Se debe aportar de forma obligatoria el capital mínimo de tres mil euros.
- Se contemplan mayores gastos de gestión.
¿Qué me conviene más? ¿Autónomo o sociedad?
Después de todo lo que te hemos explicado respecto a una forma jurídica y la otra, habrás comprendido que dependerá del contexto y situación del negocio que quieras emprender.
Pero sí podemos indicarte algunos extremos en los que pueden ser mejor una situación u otra.
¿Cuándo es mejor ser autónomo?
- Cuando el volumen de negocio y los beneficios sean pequeños y sigan siéndolos en el tiempo.
- No haya empleados o estos sean pocos.
- Solo exista un emprendedor o inversor.
- No se quieran vender participaciones en un futuro.
¿Cuándo es mejor constituir una sociedad?
- Cuando el volumen de negocio y los beneficios sean altos o los serán en un futuro próximo.
- Existan varios socios.
- Se quiera vender participaciones en un futuro.
- Se contemple la opción de contratar a varios empleados.
Cuando una persona quiere emprender, lo más normal es comenzar su actividad siendo autónomo, ya que como hemos visto es una opción mucho más rápida de constituir y más barata. Aunque existen excepciones en las que es más interesante comenzar la empresa con forma jurídica de sociedad.
Lo que debes de tener claro son las circunstancias, entorno y momento que rodean el inicio de tu emprendimiento, además de contar siempre con un asesoramiento adecuado.
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