Es pensar en darse de alta de autónomo y ya la cabeza te empieza a doler. Pero el proceso es más sencillo de lo que puede parecer a simple vista.
Así que, para que lo compruebes, y para que puedas darte de alta de autónomo para comenzar a ejercer tu actividad, te vamos a mostrar los pasos que tienes que dar para conseguirlo.
¿Cómo darse de alta de autónomo?
1. Alta autónomo: Tramitar el alta en Hacienda previa al inicio de tu actividad
Lo primero que tenemos que hacer es ir a la Agencia Tributaria y tramitar en alta en Hacienda mediante la presentación de la declaración censal. Es decir, mediante el modelo 036 (régimen ordinario) o el modelo 37 (régimen simplificado).
Aquí deberemos indicar los siguientes datos:
- Datos personales.
- Fecha de inicio de la actividad.
- Epígafre IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
- Obligaciones tributarias derivadas del IAE.
Por lo que presentaremos el modelo 036 o 037 correctamente rellenado, comunicando con ello el inicio de nuestra actividad. (Importante: el inicio de nuestra actividad no puede ser el mismo día que se presenta el trámite, sino uno posterior).
2. Alta autónomo: Tramitar el alta en la Seguridad Social previa al inicio de tu actividad
El siguiente paso que tendremos que dar es el alta en la Seguridad Social, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) mediante la presentación del modelo TA521.
Este modelo lo tendremos que presentar en la Tesorería General de la Seguridad Social y se indicarán:
- Datos personales, que deben coincidir con los que se indicaron en el modelo 036 o 037.
- Base de cotización.
- Las coberturas a elegir.
- Mutua de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
- Fecha de inicio de la actividad, la cual debe coincidir con la indicada en el modelo 036 o 037.
Además, es muy importante respetar el orden. Es decir, primero darse de alta en Hacienda y posteriormente el alta en la Seguridad Social.
3. Alta en el ayuntamiento
En el caso de que al darse de alta de autónomo tengas un local comercial, tendrás que obtener la Licencia de Apertura en el Ayuntamiento.
Y, si tuvieras que realizar obras para la apertura, deberás solicitar y obtener la Licencia de Obras.
4. Alta en la Comunidad Autónoma
Asimismo, en el caso de tener centro de trabajo o centros, deberás comunicar a la Autoridad laboral la apertura, instalación, traslado y/o ampliación de estos.
Es importante que tengas en cuenta que a partir del próximo 1 de octubre, los autónomos estarán obligados a darse de alta en el Sistema RED de la Seguridad Social, según establece la Orden ESS/2014/2018 y que te comentamos en un post anterior.
Aunque, si prefieres que nosotros te ayudemos y te demos un servicio personalizado para darte de alta como autónomo, puedes escribirnos o llamarlos al 958 491 904. Estaremos encantados de proporcionarte toda la información que necesites.
¿Qué te parece el proceso para darse de alta de autónomo? ¿Complicado? Cuéntanos en los comentarios.
¡Ah! Y no te pierdas nuestro último caso de éxito en torno a la responsabilidad del administrador en una sociedad.
En Asesora2 somos consultores expertos en Granada. Nos implicamos en todos los casos que llegan a nuestro despacho. ¿Quieres que te ayudemos con el tuyo? Contáctanos.
0 comentarios