Cuando Ramón compró su local estaba encantado, era el local que quería y, al final, lo había conseguido por un precio de compra interesante. ¡No podía estar más contento!
Fue al notario y realizó con el propietario todos los papeles de compraventa. Al finalizar la operación liquidó y pagó todos los impuestos que, según el precio de compra, le correspondía pagar.
Pero, ¡Oh! ¡Sorpresa! Su felicidad se vio truncada ,meses más tarde, al recibir una carta de la Junta de Andalucía donde hacían su propia valoración del local aplicando coeficientes sobre el valor catastral y no solo reclamando la diferencia, si no también los intereses. Una suma bastante elevada y que Ramón se preguntaba si era realmente correcta.
Ramón decidió ponerse en manos de expertos y acudió a nosotros. En esta ocasión, decidimos plantear la posibilidad de interponer un recurso, empezando así por suspender la obligación de pago hasta la resolución del mismo.
Afortunadamente para “Ramón”, casi la totalidad de los recursos que presentamos a la Administración, cuando la misma comprueba el valor declarado por el interesado, son estimados.
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