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Calendario fiscal 2021 para autónomos y pymes

Ene 12, 2021 | Derecho Fiscal | 0 Comentarios

En el artículo de hoy de Asesora2 vamos a indicarte los modelos que debes presentar en cada uno de los trimestres del calendario fiscal 2021 tanto para autónomos como para pymes.

La planificación fiscal es básica para el desarrollo de tu proyecto profesional y personal. En Asesora2 ofrecemos un asesoramiento fiscal que te permite optimizar tu fiscalidad y reducir los riesgos fiscales.

Ten en cuenta que tu asesoría fiscal no debe ser únicamente aquella que te elabore todos los modelos para presentar a Hacienda, sino que la planificación fiscal debe ser básica para desarrollar tu proyecto profesional y personal.


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Calendario fiscal 2021: los modelos a presentar en cada trimestre

Si tienes una empresa o eres autónomo, en este artículo encontrarás cada una de las obligaciones fiscales que debes cumplir en cada uno de los meses que acompañan los nuevos trimestres del calendario fiscal de 2021.

Asimismo, te explicaremos brevemente qué significan algunos de ellos, los más importantes. Así que vamos a ello.

Enero 2021: modelos a presentar

El miércoles 20 de enero es el último día para que autónomos y pymes presenten los modelos 111 y 115, correspondientes con el último trimestre de 2020 que va de octubre a diciembre. Estos modelos corresponden, respectivamente, con las retenciones del IRPF practicadas a trabajadores, profesionales, empresarios y aquellas practicadas a alquileres de inmuebles urbanos donde se realizan actividad profesional.

Ese mismo día también es el último día para presentar el modelo 123 mediante el que autónomos y pymes liquidan retenciones de ingresos a cuenta del IRPF, el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no residentes, IRNR, de determinados rendimiento del capital mobiliario y de determinadas rentas.

Febrero 2021: modelos a presentar

Los días 30 y 31 de enero se deben presentar otra serie de modelos, pero al caer ambos en sábado y domingo, pasan al siguiente día hábil, que en este caso corresponde al 1 de febrero.

Así, el lunes 1 de febrero debemos presentar:

  • Modelo 130 y 131: correspondiente a los pagos fraccionados del IRPF del último trimestre del año anterior, dependiendo de si estás en estimación directa u objetiva.
  • Modelo 180 y 190: es el resumen anual de las retenciones a cuenta. Son los modelos anuales del 111 y el 115.
  • Modelo 184: es la declaración anual de entidades en regímenes de atribución de rentas siempre que se desarrollen actividades económicas o se obtengan ingresos superiores a los 3.000 euros al año.
  • Modelo 303: declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA, lo deben presentar tanto pymes como autónomos. Consiste en el pago fraccionado del IVA por el que tendrás que pagar a Hacienda la diferencia entre el IVA repercutido en tus facturas de ventas y el IVA soportado en tus facturas de gastos correspondientes al último trimestre del año anterior.
  • Modelo 309: se corresponde con la autoliquidación no periódica de IVA para aquellos que no presenten el modelo anterior.
  • Modelo 349: se destina a aquellas pymes y autónomos que realizan operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 390: es una declaración informativa de resumen anual de las operaciones referentes a la liquidación del IVA. Sería el equivalente anual del modelo 303 pero de forma extendida, ejerciendo de cierre contable de cada ejercicio.

En el mes de febrero también se debe presentar la declaración anual de operaciones con terceros correspondiente al año anterior mediante al modelo 347. El plazo para su presentación va del 1 al 28 de febrero, pero al caer en domingo este último día de plazo, se aplaza hasta el lunes 1 de marzo, que es el siguiente día hábil.

Este modelo lo deben presentar todos aquellos empresarios y profesionales que hayan realizado operaciones superiores a 3.005,06€ con algún cliente o proveedor a lo largo del año anterior.

Abril 2021: modelos a presentar

A partir del día 5 de abril comienza la campaña de la Declaración de la Renta 2020 para presentar la autoliquidación del modelo 100, así como del modelo 714 correspondiente a la Declaración de Patrimonio, que solo se podrán presentar de manera online hasta que el 14 de mayo se abra el plazo para presentarlos de manera presencial en las oficinas de la AEAT o por teléfono.

Asimismo, durante abril deberemos presentar todos los modelos correspondientes a la declaraciones referentes al primer trimestre del año que va de enero a marzo de 2021.

Por ello, el martes 20 de abril será el último día para presentar:

  • Modelo 111: retenciones de IRPF.
  • Modelo 115: autoliquidación de las retenciones IRPF por alquiler de inmuebles.
  • Modelo 123: retenciones de capital mobiliario.
  • Modelos 130 y 131: pago fraccionado del IRPF.
  • Modelo 202: este modelo lo deben presentar las pymes y corresponde al impuesto de sociedades. Mediante este se presentan los pagos fraccionados del impuesto de sociedades en los casos en que la última declaración del modelo 200 haya dado un resultado positivo.
  • Modelo 303: autoliquidación del IVA.
  • Modelo 309: autoliquidaciones no periódicas del IVA.
  • Modelo 349: para las operaciones Intracomunitarias.

Junio 2021: modelos a presentar

El 25 de junio finaliza el plazo de domiciliación bancaria para las declaraciones de la renta 2020 así como del modelo 714 con resultado a ingresar.

Por otro lado, el 30 de junio corresponde con el final de la campaña y plazo de presentación de la declaración de la renta y de patrimonio.

Julio 2021: modelos a presentar

Al igual que en abril de 2021, el martes 20 de julio de 2021 se deben presentar los modelos correspondientes al segundo trimestre del calendario fiscal de 2021. Tendremos que presentar:

  • Modelo 111: retenciones de IRPF.
  • Modelo 115: autoliquidación de las retenciones IRPF por alquiler de inmuebles.
  • Modelo 123: retenciones de capital mobiliario.
  • Modelos 130 y 131: pago fraccionado del IRPF.
  • Modelo 202: pagos fraccionados del impuesto de sociedades.
  • Modelo 303: autoliquidación del IVA.
  • Modelo 309: autoliquidaciones no periódicas del IVA.
  • Modelo 349: para las operaciones Intracomunitarias.

El lunes 26 de julio será la fecha límite para presentar el modelo 200 que se corresponde con la declaración anual del Impuesto de Sociedades para el periodo fiscal de 2020. Este es un impuesto directo que grava sobre las rentas obtenidas por las empresas y demás personas jurídicas.

Además, el viernes 30 de julio será el último día para poder depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Esta es una obligación únicamente para pymes.

Octubre 2021: modelos a presentar

De nuevo se deben realizar las presentaciones trimestrales correspondientes al tercer trimestres de 2021 que va de julio a septiembre. El miércoles 20 de octubre será el último día para los siguientes modelos:

  • Modelo 111: retenciones de IRPF.
  • Modelo 115: autoliquidación de las retenciones IRPF por alquiler de inmuebles.
  • Modelo 123: retenciones de capital mobiliario.
  • Modelos 130 y 131: pago fraccionado del IRPF.
  • Modelo 202: pagos fraccionados del impuesto de sociedades.
  • Modelo 303: autoliquidación del IVA.
  • Modelo 309: autoliquidaciones no periódicas del IVA.
  • Modelo 349: para las operaciones Intracomunitarias.

Diciembre 2021: modelos a presentar

Es el último mes del año y con él se concreta el cierre contable del ejercicio fiscal donde debemos reunir toda la información sobre los ingresos, gastos y beneficios de nuestra empresa para poder presentar los modelos correspondientes al siguiente calendario fiscal.

También el lunes 20 de diciembre será el último día para la presentación del modelo 202 correspondiente al pago fraccionado del impuesto de sociedades.

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