Si eres habitual por nuestro blog, sabrás que ya nos va tocando hablar sobre un nuevo caso de éxito de uno de nuestros clientes, como cada mes. En este caso, es entorno a una sanción administrativa que entraría dentro del Derecho Administrativo Sancionador.
Pero bueno, eso os lo vamos a contar más adelante. Primero vamos a ver algunas cosas importantes en torno al Derecho Administrativo Sancionador.
Derecho Administrativo Sancionador: Procedimiento administrativo sancionador
El procedimiento administrativo sancionador está regulado por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. También, entre otras, se regula por la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
¿Cuáles son los principios del procedimiento sancionador administrativo?
El ejercicio de la potestad sancionadora requerirá del procedimiento legal o reglamentariamente establecido.
Asimismo, en el procedimiento administrativo sancionador se deberá establecer una debida separación entre la fase instructora y la fase sancionadora, delegándose a órganos distintos.
Tampoco se podrá imponer sanción sin que se haya realizado el tramite necesario que requiere el procedimiento administrativo sancionador.
¿Cuáles son los derechos del presunto responsable?
Según el Derecho Administrativo Sancionador y, más concretamente, según el procedimiento administrativo sancionador, el presunto responsable tiene los siguientes derechos:
- Derecho a ser notificado: Es decir, el administrado tiene el derecho a ser notificado sobre los hechos que se le imputan, de las infracciones que tales hechos puedan constituir y de las sanciones que se pudiesen imponer. Igualmente, tiene derecho a conocer la identidad del instructor, la autoridad competente para imponer la sanción y de la norma que atribuya tal competencia.
- Derecho a formular alegaciones: El administrador puede ejercer su derecho para formular alegaciones, así como utilizar los medios de defensa permitidos por el Ordenamiento Jurídico que resulten procedentes.
Caso de éxito: Cuando la naturaleza cambia tus planes
En esta ocasión os vamos a contar el caso de éxito en Derecho Administrativo Sancionador de uno de nuestros clientes, a quien le pondremos el nombre de Luis, en cuanto a una sanción administrativa.
He pensado que quiero volver a cultivar en mi finca
Luis es titular de una finca rústica que se encuentra en la zona de la costa de Granada. La verdad es que le encanta el lugar, la temperatura es agradable y los vecinos también.
Además, viendo las fincas de alrededor, se ha dado cuenta que en la suya se lleva mucho tiempo sin cultivar. Luis es curioso por naturaleza, así que le pregunta a los más mayores del lugar sobre la zona y le cuentan que antiguamente su finca era una viña.
Hoy, después de tanto tiempo sin cultivar y sin prestar atención a ello, en su finca crece todo tipo de vegetación silvestre. Así que, después de averiguar ese dato importante sobre el pasado de su finca, decide volver a poner su finca rústica en producción.
Así que Luis se pone manos a la obra, comienza a labrar el terreno, a cuidar la tierra y planta nuevas cepas.
Oh, sorpresa, me ha llegado una sanción administrativa
Y es que Luis recibe una gran sorpresa, aunque eso sí, nada agradable.
Le llega una carta (y no de amor) sino de Medio Ambiente, en el que le comunican que se va a iniciar un procedimiento sancionador por un cambio de uso del terreno no autorizado.
Esto se debe, a que Medio Ambiente consideraba que su terreno ya era forestal. La sanción puede ser de hasta 60.000€ y además debería restituir el terreno a su estado anterior.
¿Qué hago ahora?
Luis se sintió bastante mal después de recibir la carta. “Con lo bien que iba todo”, pensó.
Así que se puso en contacto con expertos que le pudiesen asesorar en su caso y así conseguir que el mal trago pasase rápido.
Con la ayuda de los expertos, consiguieron averiguar los antecedentes de la finca, buscaron pruebas de ello y realizaron alegaciones fruto del conocimiento de la ley.
Así, todo ello permitió que el procedimiento sancionador terminara sin sanción alguna para Luis.
Luis salió bastante contento y satisfecho, porque como siempre decimos, lo fundamental fue que contó con asesores expertos en la materia que pudieron darle respuestas inmediatas y anticiparse a los hechos.
Y, el esfuerzo de Asesora2 estuvo dirigido a ello. A proporcionar a “Luis” la mejor información para que pudiese salir beneficiado del tema. Porque su éxito es nuestro éxito.
Eso sí, si en el terreno de nuestro cliente hubiese crecido alguna especie protegida, debemos ser responsables y tomar medidas para evitar causarle daños. Aunque, podremos recuperar el resto de la finca, salvo el lugar donde ha crecido la especie protegida.
Por cierto, si quieres conocer el caso de éxito anterior en torno a una indemnización por caída de árbol sobre un coche, entra aquí y no dejes de leer. ?
¿Qué te parece lo que le pasó a nuestro cliente con su finca? ¿Te ha pasado algo parecido alguna vez? Cuéntanos sobre ello en los comentarios, estamos deseando leerte.
En Asesora2 somos consultores expertos en Granada. Nos implicamos en todos los casos que llegan a nuestro despacho. ¿Quieres que te ayudemos con el tuyo? Contáctanos.
0 comentarios